Gustavo A. Bossert
Regimen juridico de los alimentos
Cónyuges, hijos menores y parientes. Aspectos sustanciales y procesales
Astrea
Número de Edición: 2
Páginas: 655
Formato: 23 x 16
Encuadernación: Rustica
Peso: 1.1 kgs.
ISBN: 9505086601
Bossert, Gustavo A.
Regimen juridico de los alimentos
2ª reimpresión, año 2012.
2ª edición, año 2004.
655 páginas.
Rústica 23 x 16 cm.
DESCRIPCION:
Caracteres del derecho alimentario. ALIMENTOS ENTRE CONYUGES. Durante la convivencia. De cónyuges separados de hecho. Provisionales. Alimentos despues de dictada la sentencia de divorcio. De cónyuge inocente (articulo 207 del Código Civil). De enfermo mental. Alcohólico. Drogadicto. Necesarios para la subsistencia (articulo 209 del Código Civil). De separación personal o de divorcio por presentación conjunta (articulos 205, 215 y 236 del Código Civil). De separación personal o divorcio por separación de hecho. Cesación del derecho alimentario. Convenios y nulidad de matrimonio. ALIMENTOS DEL HIJO MENOR. Los sujetos del vinculo alimentario. La cuota. Incumplimiento del alimentante. Cese de la obligación. ALIMENTOS ENTRE PARIENTES. Parientes obligados. Necesidades del alimentista. Cese del derecho alimentario. CONVENIOS DE ALIMENTOS. ASPECTOS PROCESALES. Juicio de alimentos. Competencia. Recusación. Actuación del actor. Alimentos provisorios y litisexpensas. Audiencias. Actuación del demandado. Terminación del proceso. Actualización. Recursos. Costas. Honorarios. Pago, liquidación, ejecución. MONTO DE LA CUOTA. Estimación judicial. Prueba de las posibilidades económicas del alimentante. Suma fija o porcentaje. Participación del alimentante en una sociedad. Necesidades del alimentista. CUOTAS ATRASADAS. Cuota suplementaria. Caducidad de cuotas atrasadas y prescripción. ALIMENTOS EXTRAORDINARIOS. CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACION. Pago total o parcial. Pagos en especie o a terceros. Medidas para asegurar el cumplimiento. Medidas que ofrece el derecho comparado y otras medidas propuestas. AUMENTO, DISMINUCION, CESE O COPARTICIPACION DE LA CUOTA.